La jornada del lunes 4 de marzo de 2023, y a tres semanas de los graves hechos ocurridos en el Estadio Nacional con motivo de la realización de la Supercopa entre Colo-Colo y Huachipato, se estableció un castigo ad hoc a los hechos antes nombrados.
Lo cierto es que la Primera Sala del Tribunal de Disciplina de la ANFP estableció un castigo que se detalla a continuación:
“se aplica a todos y cada uno de los doce mil ochocientos veinte (12.820) asistentes que fueron controlados como ingresados a la Galería Norte, entre las puertas 4 y 25, ambas inclusive (sector reservado exclusivamente a la hinchada de Colo Colo), en el partido disputado entre los equipos de Huachipato y Colo Colo el día 11 de febrero del año 2024 en el Estadio Nacional, correspondiente a la Supercopa 2024, la sanción consistente en la prohibición de ingreso a los cinco (5) siguientes partidos consecutivos en que le corresponda actuar al club Colo Colo en calidad de local en el Campeonato de Primera División, Temporada 2024, cualquiera sea el recinto deportivo en que se programen estos partidos, contados desde la notificación de la presente sentencia.”
Fuente: Emol.com – https://www.emol.com/noticias/Deportes/2024/03/04/1123643/sancion-colocolo-huachipato-incidentes-supercopa.html
Los hechos de aquel día, por todos conocidos, terminaron en violentas acciones dentro de la barra de Colo Colo, las que fueron llevadas a cabo por un grupo de barristas ubicados en la galería norte del ‘Julio Martínez Prádanos’ y que afectaron a zonas de ese sector, como destrucción de butacas (alrededor de 300), de más de 100 mts2 de la pista atlética y 25 mts2 de la reja perimetral, aparte del daño patrimonial de dos tablones quemados en el sector de la escotilla 8 del memorial que recuerda a quienes estuvieron detenidos en ese recinto durante la dictadura. Todos los daños sumaron alrededor de $100 millones a pagar por la Federación de Fútbol de Chile, organizador del evento deportivo.
Medios de prensa y televisión reportaron de manera oportuna estos hechos con fotos e imágenes audiovisuales, más las cámaras de seguridad del estadio, las que dan fiel testimonio de lo ocurrido aquel día, y constatan, a veces de manera detallada, no sólo el origen de los hechos, sino que además su desarrollo y consecuencias.
El fallo de la Primera Sala, además, establece una mayor agravante, pues asume que el castigo es, en primer lugar, a los hinchas y por extensión al club, por tanto, obliga a éste (Colo Colo) a cumplir lo que sigue:
“Para el exacto y fiel cumplimiento de esta sanción, el club Colo Colo, deberá abstenerse de vender, canjear, donar o entregar -a cualquier título-entradas o invitaciones a dichas 12.820 personas en los cinco siguientes partidos que juegue en calidad de local, so pena de incurrir en desacato”
Fuente: Emol.com – https://www.emol.com/noticias/Deportes/2024/03/04/1123643/sancion-colocolo-huachipato-incidentes-supercopa.html
Tenemos, entonces, una sanción a particulares, a los cuales, a priori, se los responsabiliza (ante el ineficaz resultado en la persecución de los autores materiales de los destrozos), casi por ser ‘cómplices pasivos’ (cuánta reminiscencia a la historia contemporánea de Chile) de tan vergonzosos hechos. De tal modo que, para lo que sigue, el club Colo Colo se ve imposibilitado de aceptar que alguna de estas 12 mil 820 personas puedan adquirir entradas para ver a su equipo.
Descrito esto, es menester señalar las siguientes apreciaciones:
En primer lugar, huelga decir que, en esta pasada, nuevamente se realiza un castigo en el modo ‘consumidores’, haciendo ‘tabula rasa’ de responsabilidades personales y castigando a un colectivo, pero de manera individual, lo que no sólo es un absurdo como premisa, sino que, además, devela la mirada de esta Sala y de la ANFP acerca de cómo combatir los hechos de violencia en los estadios.
En segundo lugar, la sola imputación de un castigo a un colectivo de personas, ya identificadas vía RUT a las cuales se les adjudica la causal de tener responsabilidad en los hechos (de ahí se origina la acusación y el consiguiente castigo) es a lo menos discutible jurídicamente. Es verdad que no es este el lugar de la discusión del derecho y sus aplicaciones, pero sí es el espacio de la denuncia de arbitrariedades y, a nuestro juicio (pedestre en la teoría del derecho), esta acción es injusta, en tanto, por sobre el castigo a los hechos, se aplica una observancia de todos los presentes, como si la sola presencia en un lugar donde se acometen delitos o incivilidades bastara para atribuirles culpas.
En tercer y último lugar, nuevamente un problema en el fútbol profesional chileno es resuelto a través de sentencias, castigos y/o medidas que terminan perjudicando a las mayorías pacíficas en relación con las minorías violentas. Esto no es baladí, pues llevamos ya años con estadios sin público o con aforos limitados (pandemia por medio es cierto), donde los únicos beneficiados son quienes, producto de esto, terminan invirtiendo lo menos posible en seguridad, operatividad y logística, pudiendo hacerse sin mayores costos asociados de los dineros que se le reditan a los clubes por las transmisiones de TV.
En resumidas cuentas, cuesta entender que una Sala donde se administra justicia termine evacuando lapidarios informes con sentencias en nada justas y que, más que ayudar al control y persecución de la violencia en el fútbol, simplemente estigmatizan a miles de personas cuya única responsabilidad en los hechos es haber comprado una entrada y quedar situados en un lugar que comparten con otros cuyas acciones no sólo parecen quedar casi impunes, sino que, además, no logran resolverse de parte de ninguna institución con incumbencia en la problemática, responsabilidades certeras.
Un hecho injusto que, a nuestro juicio, sólo podría traer nefastas repercusiones, entendiendo que exacerbar de esa forma a los hinchas es darse un balazo en los pies, con efectos que aún están por verse y de los cuales, esperemos el señor Milad y su directiva, no se laven nuevamente las manos.